RADIACION
TERMICA .- Ondas electromagnéticas,
correspondientes a la banda de longitudes de onda entre 0,1
y 1.000 micras, originada por la sustancia a alta temperatura
y, en particular, por los productos de combustión, que pueden
afectar perjudicialmente a seres vivos e instalaciones a distancia.
RADIOSIDAD.- Flujo de energía térmica
radiante emergente por reflexión y emisión de un elemento
de superficie, abarcando el espectro de frecuencias completo
y la totalidad del semiespacio frente a él.
RASTREABILIDAD.-
1) Aplicado a un elemento, posibilidad de seguir el historial,
la utilización o la localización de un elemento o de una actividad
mediante documentación registrada.
2) Aplicado a la calibración, cualidad de una medida que consiste
en poderla referir a patrones nacionales o internacionales,
mediante una cadena ininterrumpida de comparaciones.
3) Aplicado a un dato, posibilidad de seguir las distintas
etapas, operaciones de cómputo y de recogida de información
sobre una medida o sobre la evaluación de un elemento, proceso
o servicio.
REACONDICIONAMIENTO.- Es un procedimiento
que, aplicado a una falta de conformidad, tendrá el
efecto de eliminar la misma por completo, dando lugar a unas
características que se ajustan totalmente a los planos, especificaciones
y otros requisitos contractuales.
RECHAZAR.- Decisión de no aceptar
los materiales o productos presentados, basada en los resultados
de la inspección.
RECHAZO (PROBABILIDAD DE).- Probabilidad
de que un lote de una calidad determinada sea rechazado mediante
un plan de muestreo dado.
RECHAZO DEFINITIVO.- Rechazo, después
del cual, no hay oportunidad de volver a presentar el producto
a inspección.
RECICLADO.- Es el aprovechamiento
de los residuos para su fin inicial o para otros fines, con
excepción de la producción de energía; se entender tambi‚n
por reciclado la generación y el compostaje.
RECLAMACION.- Petición de una compensación
económica o en especies, por parte de un cliente, motivada
a su juicio por incumplimientos derivados de un contrato previamente
establecido.
RECORRIDO.- Estadístico de orden
obtenido como diferencia entre los valores máximo y mínimo
observados en una muestra.
RECORRIDO MEDIO.- Media de los
recorridos de un conjunto de muestras del mismo tamaño.
RED COMERCIAL.- Comprende a las
Delegaciones de una compañía, empresa o sociedad en todo su
ámbito, tanto territorial como sectorial.
Tendrán un mando que podrá delegar, en cada
caso, en aquellas personas de su confianza que en un momento
determiando, ejerzan funciones comerciales o de asistencia
técnica.
REDUCCION EN ORIGEN.- Es la reducción
del volumen de residuos y/o de su nocividad en los procesos
de producción y a nivel de producto.
REDUNDANCIA.- Existencia de varios
modos para que un mismo elemento realice una función dada.
REGISTRO.-
1) Acción de registrar (examinar, anotar, guardar).
2) Inclusión por el organismo de evaluación, en un registro
o lista apropida, de las características del suministrador
y del campo de actividad cuya capacidad ha sido evaluada.
REGISTRO DE EFECTOS MEDIOAMBIENTALES.-
Es un listado de los efectos medioambientales significativos,
confirmados o probables, de las actividades, productos y servicios
de la organización sobre el medio ambiente.
REGISTRO DE GARANTIA DE CALIDAD.-
Documento que proporciona evidencia objetiva de la conformidad
de un producto con los requisitos contractuales o del cumplimiento
del sistema de garantía de calidad.
REGLAMENTO TECNICO.- Especificaciones
técnicas, incluidas las disposiciones administrativas
que sean de aplicación, y cuyo cumplimiento sea obligarorio,
de hecho o derecho, para la comercialización o la utilización,
a excepción de las establecidas por las entidades locales.
REMESA.- Conjunto de artículos
enviados y recibidos en una expedición y amparados por un
mismo juego y de documentos. Una remesa puede estar compuesta
por uno o varios lotes.
REPARACION.- Es aquel procedimiento
que reduce, si bien no elimina por completo, una falta de
conformidad.
REPASO.- Sinónimo de REACONDICIONAMIENTO.
REPETIBILIDAD.- Grado de concordancia
entre los resultados de mediciones o ensayos sucesivos de
una misma característica, obtenidos con el mismo m‚todo, por
el mismo observador, con los mismos instrumentos de medida
o ensayo, en el mismo laboratorio y a intervalos de tiempo
suficientemente cortos.
REPRESENTANTE ASEGURAMIENTO DE CALIDAD (RAC).-
Autoridad designada en el contrato o su representante
autorizado, cuando es de aplicación alguna de las normas PECAL
(Publicaciones Españolas de Calidad).
REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES.-
Cualquier persona elegida, nombrada o designada, de conformidad
con las legislaciones y/o los usos nacionales, como delegado
de los trabajadores para los problemas de la protección de
la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo.
REPROCESO.- Sinónimo de REACONDICIONAMIENTO.
REPRODUCIBILIDAD.- Grado de concordancia
entre los resultados aislados de una medición de una misma
magnitud o del ensayo de una misma característica y obtenidos
con el mismo m‚todo pero en condiciones diferentes; por ejemplo,
con diferentes instrumentos de medida, por diferentes observadores,
en diferentes laboratorios, a intervalos de tiempo suficientemente
grandes comparados con la duración de una medición, en diferentes
condiciones de empleo de los instrumentos de medida, etc.
REPRODUCTIBILIDAD.- Es la expresión
de la precisión cuando el m‚todo se realiza, en las mismas
condiciones definidas, entre varios laboratorios.
REQUISITOS LEGALES.- Conjunto
de leyes, decretos, reglamentos o códigos, relativos a consideraciones
ambientales, a factores sanitarios y de seguridad, al ahorro
de la energía y de las materias primas, que están en
vigor en un Estado.
RESIDUO.- Toda sustancia u objeto
del cual se desprende o tenga la obligación de desprenderse
el poseedor en virtud de las disposiciones nacionales vigentes.
RESIDUO DE ENVASE.- Cualquier
envase del cual se desprenda su poseedor o tenga obligación
de desprenderse en virtud de las disposiciones en vigor.
RESIDUO TOXICO Y PELIGROSO.- Todo
residuo contenido o contaminado por las sustancias o materias
recogidas en la normativa vigente, en cantidades o concentraciones
tales que representen un riesgo para la salud o para el medio
ambiente.
RESOLUCION DIRECTA.- Es la evaluación
realizada por personal de calidad con ayuda de otro personal
del departamento afectado, para determinar la disposición
que debe darse a un material no conforme tras su descubrimiento
inicial y si entra dentro de sus atribuciones.
RESPONSABILIDAD LEGAL.- Responsabilidad
de un productor o de un distribuidor, por las condiciones
en que produce o distribuye un producto, las cuales dan lugar
a ciscunstancias de las que se deriva un daño o perjuicio
a terceros.
REUNION DE GRUPO.- Reunión breve
entre encargado y operarios para tratar temas de prevención
o Calidad.
REVENTON.- Rotura catastrófica
de un depósito sin presión, causado por un fallo estructural,
de cementación, etc. , que provoca una fuga masiva del contenido.
REVISION DEL DISEÑO.- Sinínimo
de REVISION DEL PROYECTO.
REVISION DEL PROYECTO.- Revisión
formal de un proyecto, existente o propuesto, con el fin de
detectar y remediar aquellas deficiencias que pudieran afectar
a su adecuación, al objetivo propuesto y a los aspectos relacionados
con el entorno ambiental del producto, proceso o servicio
y para identificar posibles mejoras en las prestaciones o
en las condiciones económicas y de seguridad.
REVISION DEL SISTEMA DE GARANTIA DE CALIDAD.-
Examen, realizado de forma sistemática
e independiente, de la efectividad del sistema de garantía
de calidad, o de partes de él.
Se lleva a cabo mediante la realización de auditorías internas.
REVISION POR LA DIRECCION DEL SISTEMA DE GESTION
AMBIENTAL.- Es la evaluación formal por la
dirección del estado y de la adecuación del sistema de gestion
medioambiental en relación con la política de medio ambiente.
REVISION PRELIMINAR.- Sinónimo
de RESOLUCION DIRECTA.
RIESGO.- Probabilidad de que se
produzca un daño determinado por causa de sucesos imprevistos.
RIESGO DE EXPLOSION EN MASA.- Es
la posibilidad de que el material en consideración explote
violentamente en toda su masa.
RIESGO DE FUEGO MASIVO.- Es la
posibilidad de que el material en consideración comience a
arder rápidamente con fuego en toda su masa.
RIESGO DEL CLIENTE.- En una inspección
por muestreo, probabilidad de considerar conforme, en función
de los datos obtenidos de una muestra concreta una unidad
de inspección que realmente no es conforme.
Corresponde a un punto de la curva característica denominado
punto de riesgo del cliente, que define una probabilidad de
aceptación fijada previamente y que es generalmente baja.
La calidad del lote correspondiente se denomina calidad límite.
RIESGO DEL COMPRADOR.- Sinónimo
de RIESGO DEL CLIENTE.
RIESGO DEL PROVEEDOR.- En una inspección
por muestreo, probabilidad de considerar no conforme, en función
de los datos obtenidos en una muestra concreta, una unidad
de inspección que realmente es conforme.
Corresponde a un punto de la curva característica -denominado
punto de riesgo del proveedor- que define una probabilidad
de rechazo fijada previamente y generalmente baja.
RIESGO DEL VENDEDOR.- Sinónimo
del RIESGO DEL PROVEEDOR.
ROBUSTEZ.- Es la calidad de un
método que conduce a resultados que no se alteran por
la variación de los factores secundarios no fijados en el
protocolo y que afectan tanto al método como al instrumento.
RUGOSIDAD (EFECTIVA).- Longitud
de rugosidad ficticia, atribuida a un conjunto de protuberancias,
que produciría el mismo efecto de ‚stas sobre el perfil vertical
de voracidades del viento. En ocasiones se utiliza para simular
la topografía urbana.
RUIDO CONTINUO.- Es el ruido que
no tiene máximos o que ‚stos se producen a intervalos inferiores
a un segundo.
RUIDO DE IMPULSO O DE IMPACTO Se
considera que el ruido de impulso o de impacto son aquellas
variaciones de los niveles de ruido que suponen máximos a
intervalos superiores a un segundo. |
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